CONSIDERA USTED QUE LA LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA ES EFICAZ FRENTE A LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS.
Concientes somos de las transformaciones de las sociedades, especialmente la Colombiana que es el país donde vivimos; sin embargo, en tratándose de nuestros menores, para nadie es un secreto que los niños y nuestros menores requieren un tratamiento especialísimo, en el que no solamente debe ser reglamentado por nuestro estado; sino por todo el mundo.
Es así como, pese a existir una serie de reglamentaciones relacionadas con la ley de infancia y adolescencia, la que consagra una serie de principios; tales como la protección integral, interés superior del niño, la prevalecía de los derechos de los niños y adolescentes, corresponsabilidad; exigibilidad de derechos así como una perspectiva de genero y la responsabilidad parental, y adicionalmente derechos y libertades, con obligaciones por parte del estado la familia e instituciones educativas, los mismos no resultan eficaces frente a la protección y prevención de los derechos en si mismos conceptuados.
Basta con hacer un análisis no solamente al contenido de la ley de la infancia y adolescencia; sino a la nuestra Constitución Política de Colombia; en el acápite de los derechos fundamentales; pues así estén debidamente consagrados en el rango constitucional; no menos cierto es que su exigibilidad se encuentra sometida a unos procedimientos como seria los procesos que por naturaleza se deben tramitar ante la Jurisdicción de familia; el procedimiento especial consagrado en el art. 86 de la Constitución Política de Colombia (acción de tutela); no deja de ser engorroso que primero se violen los derechos de los niños para que luego se declare por una autoridad judicial ya sea por el tramite ordinario de los procesos; o en el especial caso de la vía por tutela, la protección de los principios, derechos y libertades.
En mi sentir, el problema no es la estipulación de los principios, derechos y libertades; ya que estos se encuentran constitucionalmente consagrados; es la eficacia de dichos postulados; pues ni siquiera con la acción de tutela nuestros niños se encuentran realmente protegidos por esa obligación estatal, así como el de su familia y de las instituciones educativas.
Como solución a dicha problemática, considero que se debe implementar una política pública de acción, no aumentando las penas contra las personas que de una u otra forma transgreden los derechos de los niños; como tampoco de generar en ellos, el concepto de sobreprotección; sino de implementar una sensibilización en todos los miembros de la sociedad entendidos estos como el estado, familia incluidos los menores y las instituciones educativas; en donde se adquieran una serie de valores y de compromisos frente a la aplicación y protección de principios, derechos y libertades; para así implementar el concepto de eficacia frente a la protección de los menores y niños, quienes serán el futuro de nuestra sociedad.
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