sábado, 20 de noviembre de 2010

DERECHOS HUMANOS

TALLER SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS



SI LA GENTE NO CONOCE SUS PROPIOS DERECHOS, ¿COMO VAN A RESPETAR LOS DE OTRAS PERSONAS? DEMOS VIDA A LOS DERECHOS HUMANOS. PODEMOS AYUDAR.

1ª ¿LA IMPORTANCIA DE ENSEÑAR SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS?

LUEGO DE CONSULTAR A DIEZ O VEINTE PERSONAS SOBRE EL TEMA ¿CUALES SON LOS DERECHOS HUMANOS? EL RESULTADO ES QUE MUY POCAS PERSONAS CONOCEN LOS DERECHOS HUMANOS.

TODAS LAS PERSONAS TIENE 30 DERECHOS Y LIBERTADES GARANTIZADOS POR LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS QUE SON INHERENTES SIMPLEMENTE PORQUE SOMOS HUMANOS.

SIN EMBARGO LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD NO CONOCEN SUS PROPIOS DERECHOS, ¿COMO VAN A SER CAPACES DE RESPETAR LOS DE OTROS?  

LA PRESENTE CONFERENCIA NOS CONVIERTE EN UN EDUCADOR EN DERECHOS HUMANOS, PARA TRABAJAR Y AYUDAR A LOGRAR QUE LOS MIEMBROS DE LAS COMUNIDADES CONOZCAN SOBRE LOS DERECHOS QUE LES ASISTEN, ASÍ COMO EL QUE LE CORRESPONDE A LOS DEMAS.

2ª ¿QUE EL CONOCIMIENTO SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS Y SU RELACION CON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES, NOS PERMITE CONSTRUIR UNA HERRAMIENTA DE GENERACION DE INGRESOS Y EMPLEO.

3ª QUE EL CONOCIMIENTO SOBRE LA LEY, NOS PERMITE GENERAR PROYECTOS SOCIALES, SOSTENIBLES Y GENERADORES DE INGRESOS Y EMPLEO.

PRETENDEMOS SER INSTRUMENTOS EN LA EDUCACIÓN, HACIENDO DE LOS DERECHOS HUMANOS UNA REALIDAD EN TU COMUNIDAD, DENTRO DEL MARCO TERRITORIAL DEL PAÍS COLOMBIA, DEPARTAMENTO CUNDINAMARCA, MUNICIPIO GIRARDOT, PRETENDIENDO EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE VIDA DE SUS HABITANTES Y PROGRESO ECONÓMICO DE LA REGIÓN.   

1ª HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS.

EN LA ÉPOCA ANTIGUA, LOS DERECHOS HUMANOS NO EXISTÍAN EN ABSOLUTO, PUES DESDE SIEMPRE LA GENTE CON POSICIÓN ECONÓMICA SOLVENTE SE BENEFICIABA DE LOS DERECHOS. EL HOMBRE Y LA MUJER COMÚN ENTONCES NO TENÍAN DERECHOS NI PROTECCIÓN CONTRA LOS ABUSOS Y DAÑOS.

DURANTE LA HISTORIA DEL HOMBRE, LA IDEA DE QUE CADA UNO DEBERÍA TENER DERECHOS LLEGO A SER MÁS ACEPTADA. Y SOLO HASTA DESPUÉS DE LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL, LAS NACIONES LIDERES SE DIERON CUENTA QUE TENÍAN QUE CREAR UN DOCUMENTO QUE INCLUYERA TODOS LOS DERECHOS HUMANOS, AL CUAL SE LE DENOMINO LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN 1948.

CUANDO LA DECLARACIÓN FUE ADOPTADA, SOLO 58 PAÍSES PERTENECÍAN A LAS NACIONES UNIDAS. HOY DÍA  HAY 192 NACIONES MIEMBROS Y EXISTEN MUCHAS LEYES PARA PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS. (CONVENIOS ENTRE ESTADOS DE LA APLICACIÓN DE DERECHOS HUMANOS – DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO – CONSTITUCIONES POLÍTICAS DE LOS ESTADOS.     

2ª QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS.

LOS DERECHOS HUMANOS ES UNA FACULTAD LEGAL INHERENTE AL SER HUMANO, ATRIBUIDA POR EL SIMPLE HECHO DE TENER LA CONDICIÓN HUMANA, SIENDO SINGULAR, EXCLUSIVA, ÚNICA Y PREFERENTE RESPECTO DE LAS DEMÁS FACULTADES. 

3ª LOS DERECHOS HUMANOS

ES EL CONGLOMERADO DE DISPOSICIONES RELACIONADOS A LA PROTECCIÓN DE LAS LIBERTADES Y FACULTADES INHERENTES AL SER HUMANO, CONDENSADAS EN LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, ESTATUIDAS EN TREINTA ARTÍCULOS.

ARTICULO 1ª TODOS HEMOS NACIDOS LIBRES E IGUALES. TODOS NACEMOS LIBRES. TENEMOS NUESTROS PROPIOS PENSAMIENTOS E IDEAS. TODOS DEBEMOS SER TRATADOS DE LA MISMA FORMA.

ARTÍCULO 2ª NO DISCRIMINES. ESTOS DERECHOS PERTENECEN A TODOS SIN IMPORTAR NUESTRAS DIFERENCIAS.

ARTÍCULO 3ª EL DERECHO A LA VIDA. TODOS TENEMOS EL DERECHO A LA VIDA Y A VIVIR SIENDO LIBRES Y TENIENDO SEGURIDAD.

ARTÍCULO 4ª NINGUNA ESCLAVITUD. NADIE TIENE EL DERECHO DE CONVERTIRNOS EN ESCLAVOS NI NOSOTROS PODEMOS HACER A NADIE NUESTRO ESCLAVO EN NINGUNA FORMA.

ARTÍCULO 5ª NINGUNA TORTURA. NADIE TIENE EL DERECHO DE DAÑARNOS O TORTURARNOS.

ARTÍCULO 6ª TIENES DERECHOS DONDE QUIERA QUE VAYAS. ¡SOY UNA PERSONA IGUAL QUE TÚ! 

ARTÍCULO 7ª TODOS SOMOS IGUALES ANTE LA LEY. LA LEY DEBE SER LA MISMA PARA TODOS Y DEBE TRATARNOS A TODOS DE LA MISMA MANERA.

ARTICULO 8ª  LA LEY PROTEGE TUS DERECHOS HUMANOS. TODOS TENEMOS EL DERECHO DE PEDIR A LA LEY QUE NOS AYUDE CUANDO HEMOS SIDO TRATADOS INJUSTAMENTE.

ARTICULO 9ª  NINGUNA DETENCIÓN INJUSTA. NADIE TIENE EL DERECHO DE METERNOS EN LA CÁRCEL SIN UNA BUENA RAZÓN Y DE MANTENERNOS ENCARCELADOS O DE ECHARNOS DE NUESTRO PAÍS.

ARTICULO 10ª  EL DERECHO A UN JUICIO. SI SE NOS LLEVA A JUICIO TIENE QUE SER EN PÚBLICO. LAS PERSONAS QUE NOS JUZGAN NO DEBEN PERMITIR QUE ALGUIEN MAS LES DIGA QUE HACER.

ARTICULO 11ª  INOCENTE HASTA PROBARSE LO CONTRARIO. A NADIE SE LE PUEDE ACUSAR DE HABER HECHO ALGO, SINO HASTA QUE SE PRUEBE QUE LO HIZO. CUANDO ALGUIEN NOS ACUSA DE HABER HECHO ALGO INCORRECTO, TENEMOS EL DERECHO DE DEMOSTRAR QUE ESO NO ES VERDAD.

ARTICULO 12ª  EL DERECHO A LA INTIMIDAD. NADIE DEBERÍA TRATAR DE DAÑAR NUESTRA REPUTACIÓN, ENTRAR EN NUESTRA CASA, ABRIR NUESTRAS CARTAS O MOLESTARNOS A NOSOTROS O A NUESTRA FAMILIA SIN UNA BUENA RAZÓN PARA ELLO.

ARTICULO 13ª  LIBERTAD DE MOVIMIENTO. TODOS TENEMOS EL DERECHO DE IR A DONDE QUERAMOS Y DE VIAJAR A DONDE DESEEMOS.

ARTICULO 14ª  DERECHO DE ASILO. SI TENEMOS TEMOR DE SER TRATADOS MAL EN NUESTRO PROPIO PAÍS, TENEMOS EL DERECHO DE IRNOS A OTRO PAÍS PARA ESTAR SEGUROS.

ARTICULO 15ª  EL DERECHO A UNA NACIONALIDAD. TODOS TENEMOS EL DERECHO DE PERTENECER A UN PAÍS.

ARTICULO 16ª  EL MATRIMONIO Y LA FAMILIA. TODA PERSONA ADULTA TIENE EL DERECHO DE CASARSE Y FORMAR UNA FAMILIA SI ASÍ LO QUIERE. HOMBRES Y MUJERES TIENEN LOS MISMOS DERECHOS, TANTO CUANDO ESTÁN CASADOS COMO CUANDO SE SEPARAN.

ARTICULO 17ª  EL DERECHO A TUS PROPIAS POSESIONES. TODOS TENEMOS EL DERECHO A TENER NUESTRAS PROPIAS COSAS Y A COMPARTIRLA. NADIE DEBERÍA TOMAR LO QUE NOS PERTENECE, SIN UNA RAZÓN JUSTA.

ARTICULO 18ª  LIBERTAD DE PENSAMIENTO. TODOS TENEMOS EL DERECHO DE CREER EN LO QUE QUEREMOS CREER, DE TENER UNA RELIGIÓN O DE CAMBIARLA SI ASÍ LO QUEREMOS.

ARTICULO 19ª  LIBERTAD DE EXPRESIÓN. TODOS TENEMOS EL DERECHO DE PENSAR POR NOSOTROS MISMOS, DE PENSAR LO QUE NOS GUSTA, DE DECIR LO QUE PENSAMOS Y DE COMPARTIR NUESTRAS IDEAS CON OTRA GENTE.

ARTICULO 20ª  EL DERECHO A REUNIRSE EN PÚBLICO. TODOS TENEMOS EL DERECHO DE REUNIRNOS CON NUESTROS AMIGOS Y DE TRABAJAR JUNTOS EN PAZ PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS. NADIE NOS PUEDE OBLIGAR A UNIRNOS A UN GRUPO AL QUE NO QUEREMOS UNIRNOS.

ARTICULO 21ª  EL DERECHO A LA DEMOCRACIA. TODOS TENEMOS EL DERECHO DE PARTICIPAR EN EL GOBIERNO DE NUESTRO PAÍS. A TODO ADULTO SE LE DEBE PERMITIR ELEGIR SUS PROPIOS LÍDERES.

ARTICULO 22ª  SEGURIDAD SOCIAL. TODOS TENEMOS EL DERECHO A UNA VIVIENDA DECENTE, A CUIDADOS MÉDICOS, EDUCACIÓN, GUARDERÍA INFANTIL, SUFICIENTE DINERO PARA VIVIR Y ATENCIÓN MEDICA SI ESTAMOS ENFERMOS O SOMOS MAYORES.

ARTICULO 23ª  LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. TODO ADULTO TIENE EL DERECHO DE TRABAJAR, COBRAR UN SUELDO JUSTO POR SU TRABAJO Y A UNIRSE A UN SINDICATO.

ARTICULO 24ª  EL DERECHO A LA RECREACIÓN. TODOS TENEMOS EL DERECHO A DESCANSAR DEL TRABAJO Y DISFRUTAR DEL TIEMPO LIBRE.

ARTICULO 25ª  COMIDA Y ALOJAMIENTO PARA TODOS. TODOS TENEMOS EL DERECHO DE TENER UNA VIDA DE UN NIVEL ACEPTABLE. MADRES Y NIÑOS, GENTE MAYOR, PERSONAS DESEMPLEADAS O CON LIMITACIONES FÍSICAS, TODOS TIENEN EL DERECHO DE RECIBIR CUIDADOS.

ARTICULO 26ª  EL DERECHO A LA EDUCACIÓN. LA EDUCACIÓN ES UN DERECHO. LA ESCUELA PRIMARIA DEBERÍA SER GRATUITA. DEBEMOS APRENDER A PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES DE LAS NACIONES UNIDAS Y A LLEVARNOS BIEN CON LOS DEMÁS. LOS PADRES PUEDEN ESCOGER LO QUE SUS HIJOS DEBEN APRENDER.

ARTICULO 27ª  DERECHOS DE AUTOR. EL DERECHO DE AUTOR ES UNA LEY ESPECIAL PARA PROTEGER LA CREACIÓN DE UNA PERSONA, YA SEA ARTÍSTICA O LITERARIA. NADIE PUEDE COPIAR NUESTRO TRABAJO SIN PERMISO. TODOS TENEMOS DERECHO AL NUESTRA PROPIA VIDA Y DISFRUTAR LO QUE PROPORCIONA EL ARTE. LA CIENCIA Y EL APRENDIZAJE.

ARTCULO 28ª  UN MUDO JUSTO Y LIBRE. TODOS LOS DERECHOS DE QUE EXISTA UN NIVEL DE ORDEN NECESARIO PAR QUE PODAMOS DISFRUTAR DE ESTOS DERECHOS Y LIBERTADES EN NUESTRO PROPIO PAÍS Y EN TODO EL MUNDO.

ARTICULO 29ª  RESPONSABILIDAD NOSOTROS TENEMOS DEBERES  HACIA OTRAS PERSONAS, Y DEBEMOS PROTEGER SUS DERECHOS Y LIBERTADES.

ARTICULO 30ª  NADIE PUEDE ARREBATAR TE TUS DERECHOS.
  
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

ADOPTADA Y PROCLAMADA POR LA RESOLUCIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL 217 A (III) DEL 10 DICIEMBRE DE 1948. EL 10 DE DICIEMBRE DE 1948, LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS APROBÓ Y PROCLAMÓ LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, CUYO TEXTO COMPLETO FIGURA EN LAS PAGINAS SIGUIENTES. TRAS ESE ACTO HISTÓRICO, LA ASAMBLEA PIDIÓ A TODOS LOS PAISES MIEMBROS QUE PUBLICARAN EL TEXTO DE LA DECLARACIÓN Y DISPUSIERAN QUE FUERAN “DISTRIBUIDOS, EXPUESTO, LEÍDO Y COMENTADO EN LAS ESCUELAS Y OTROS ESTABLECIMIENTOS DE ENSEÑANZA, SIN DISTINCIÓN FUNDADA EN LA CONDICIÓN POLÍTICA DE LOS PAISES O DE LOS TERRITORIOS”.

PREÁMBULO

CONSIDERANDO QUE LA LIBERTAD, LA JUSTICIA Y LA PAZ EN EL MUNDO TIENEN POR BASE EL RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD INTRÍNSECA Y DE LOS DERECHOS IGUALES E INALIENABLES DE TODOS LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA HUMANA;

CONSIDERANDO QUE EL DESCONOCIMIENTO Y EL MENOSPRECIO DE LOS DERECHOS HUMANOS HAN ORIGINADO ACTOS DE BARBARIE ULTRAJANTES PARA LA CONCIENCIA DE LA HUMANIDAD, Y QUE SE HA PROCLAMADO COMO LA ASPIRACIÓN MÁS ELEVADA DEL HOMBRE EL ADVENIMIENTO DE UN MUNDO EN QUE LOS SERES HUMANOS LIBERADOS DEL TEMOR Y DE LA MISERIA, DISFRUTEN DE LA LIBERTAD DE PALABRA Y DE LA LIBERTAD DE CREENCIA;

CONSIDERANDO ESENCIAL QUE LOS DERECHOS HUMANOS SEAN PROTEGIDOS POR UN RÉGIMEN DE DERECHO, A FIN DE QUE EL HOMBRE NO SE VEA COMPELIDO AL SUPREMO RECURSO DE LA REBELIÓN CONTRA LA TIRANÍA Y LA OPRESIÓN;

CONSIDERANDO TAMBIÉN ESENCIAL PROMOVER EL DESARROLLO DE RELACIONES AMISTOSAS ENTRE LAS NACIONES;

CONSIDERANDO QUE LOS PUEBLOS DE LAS NACIONES UNIDAS HAN REAFIRMADO EN LA CARTA SU FE EN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL HOMBRE, EN LA DIGNIDAD Y EL VALOR DE LA PERSONA HUMANA Y EN LA IGUALDAD DE DERECHOS DE HOMBRE Y MUJERES, Y SE HAN DECLARADO RESUELTOS A PROMOVER EL PROGRESO SOCIAL Y A ELEVAR EL NIVEL DE VIDA DENTRO DE UN CONCEPTO MÁS AMPLIO DE LA LIBERTAD;

CONSIDERANDO QUE LOS ESTADOS MIEMBROS SE HAN COMPROMETIDO A ASEGURAR, EN COOPERACIÓN CON LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, EL RESPETO UNIVERSAL Y EFECTIVO A LOS DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES DEL HOMBRE,

CONSIDERANDO QUE UNA CONCEPCIÓN COMÚN DE ESTOS DERECHOS Y LIBERTADES ES DE LA MAYOR IMPORTANCIA PARA EL PLENO CUMPLIMIENTO DE DICHO COMPROMISO; AHORA, POR LO TANTO, LA ASAMBLEA GENERAL PROCLAMA LA PRESENTE DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS COMO UN IDEAL COMÚN POR EL QUE TODOS LOS PUEBLOS Y NACIONES DEBEN ESFORZARSE, A FIN DE QUE TANTO LOS INDIVIDUOS COMO LAS INSTITUCIONES, INSPIRÁNDOSE CONSTANTEMENTE EN ELLA, PROMUEVAN, MEDIANTE LA ENSEÑANZA Y LA EDUCACIÓN, EL RESPETO A ESTOS DERECHOS Y LIBERTADES, Y ASEGUREN, POR MEDIDAS PROGRESIVAS DE CARÁCTER NACIONAL E INTERNACIONAL, SU RECONOCIMIENTO Y APLICACIÓN  UNIVERSALES Y EFECTIVOS, TANTO ENTRE LOS PUEBLOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS COMO ENTRE LOS DE LOS TERRITORIOS COLOCADOS BAJO SU JURISDICCIÓN. 

                                                 

No hay comentarios: